Elementos para enfrentar en serio a la corrupción
CENAE Mario Ramos 16 de septiembre de 2017
En las nuevas corrientes de reflexión criminológica, el lavado de activos ya no admite ser abordado como un delito en sí mismo -¿en qué sentido?- necesariamente le antecede un delito que le dio origen, llámese éste corrupción, falsificación de balances, huida de capitales, evasión fiscal, estafa, falsificación de documentos, robo importante, etcétera; es decir, existe una relación directa e inmediata con delitos previos y principales.
Para Fernández “La desvinculación de un fenómeno de su entorno originario y natural, y su tratamiento como un fenómeno propio y autónomo se denomina fetichismo, de forma que el desgajamiento de un delito de la cadena natural de la que forma parte, la separación de su entorno empírico-real o de su origen inicial, su conversión en un delito propio y desconectado puede tratarse como un acto de fetichismo jurídico. El nuevo fenómeno delictivo adquiere una naturaleza propia, adquiere una naturaleza abstracta y ubicua. La relación con el delito principal tiende a diluirse y en vez de luchar contra delitos reales como la extorsión, la huida de capitales o el narcotráfico, las leyes antiblanqueo acaban luchando contra delitos que no lo son realmente por sí mismos creándose así un espacio de ausencia de certeza jurídica”[1]. Esto en razón que el lavado de activos consiste en acciones “legales” que buscan borrar las huellas del delito principal, por lo que en varias ocasiones el lavado de activos no hace evidente el tipo de daño que produce, ni a quién perjudica, haciendo abstracción de los aspectos fiscales. Para Fernández este es el problema: ¿cuál es el daño que genera el blanqueo y quiénes son sus víctimas? Lo señalado se complica aún mas si se considera la desregulación que existe en el capitalismo financiero que actualmente predomina y todos los espacios grises que genera. La importancia de este abordaje radica en que la evidencia empírica, a decir de varios estudiosos del tema, indica que las leyes anti-lavado han demostrado su ineficiencia por la complejidad y dispersión de las estructuras criminogénicas a rastrear, y porque las leyes anti-lavado han sido impuestas a muchos países en desarrollo a través de mecanismos de colonización jurídica por razones geopolíticas. Hoy muchos bancos están vinculados a los grandes centros financieros del mundo y el lavado de dinero se facilita porque es difícil seguir la pista cuando se han presentado casos que vinculan a varios países. Y los Estados con más poder geopolítico imponen patrones que generalmente no cumplen, las denominadas “buenas prácticas” que se definen en organismos que potencias como EE.UU controlan en gran medida, como es el Fondo Monetario Internacional, el Comité de Basilea sobre Supervisión Bancaria, o el Foro de Estabilidad Financiera en donde no hay ningún representante de algún país en vías de desarrollo. Fernández se pregunta, ¿quién o qué es el bien jurídico a proteger, quién sale perjudicado en un caso de lavado de dinero: las finanzas públicas, la estabilidad política, económica e institucional, los consumidores de drogas? “solo cuando está correctamente definido el bien jurídico a proteger es posible evaluar el éxito de una iniciativa legislativa y la efectividad de los recursos empleados en hacerla cumplir. En medio de este océano de dudas la mayoría de los doctrinarios concluyen que es el orden socio-económico el que, en última instancia, ha de ser protegido del poder corrosivo de las finanzas criminales”[2]. En el capitalismo especulativo y financiero actual no existe un órgano multilateral que regule lo que podría entenderse como sistema financiero internacional, lo que existe es algo caótico si asumimos como sistema un conjunto de reglas y procedimientos consensuados y respetados por todos. Todo lo contrario, lo que predomina es la desregulación, las practicas competitivas y la ausencia de regímenes impositivos para gravar globalmente las actividades financieras de los que usan el opaco y sinuoso “sistema financiero internacional”. Finalmente los beneficiarios de la forma en cómo funcionan los flujos financieros, son los delincuentes de cuello blanco quienes tienen posibilidad de abrir cuentas no declaradas en los centros de clearing internacional y en jurisdicciones off shore y secreto bancario. Desde esta |
perspectiva, los que generan la mayor cantidad de dinero ilegal en el mundo no son los narcotraficantes, por ejemplo, sino todos los que cometen ese grupo de delitos conocidos como de cuello blanco. Autores como Bernd Schünemann plantean que la crisis financiera global que inicio en el 2007 tiene su origen en la excesiva liberalización del mercado de capitales y que se debería modificar en el Derecho Penal para sancionar lo que él denomina administración desleal para perseguir penalmente las causas criminales de la actual crisis financiera. “En realidad, la llamada crisis financiera es el resultado de una especie de moral insanaty que domina el mundo de las finanzas, un mundo en el que las grandes tentaciones campan por doquier y donde la capacidad de corrupción es tan grande, que apostar únicamente por una moral intrínseca o por controles formales fácilmente esquivables, no puede ser, en ningún caso, suficiente.”[3] Vivimos un capitalismo de casino donde reinan las inversiones tóxicas. En otras palabras, la crisis financiera global así como la crisis que llevó a la traumática dolarización del Ecuador, tiene responsables claros. Siguiendo la línea argumentativa de Schünemann las crisis financieras no son simples fracasos del sistema sino que se originan en una sucesión de comportamientos criminalizables objetivos y practicados por una serie de responsables del sector bancario y políticos, así como autoridades negligentes del Estado. Schünemann exige que el Derecho Penal tradicionalmente aplicado contra los sectores populares, se aplique de la misma forma para criminalizar conductas propias de los sectores pudientes y privilegiados de la sociedad.
No se conoce casos en el que se demuestre una relación directa entre ataques a una moneda y finanzas originadas en dinero proveniente del -crimen organizado-, todo lo contrario, es conocido que Colombia sorteo en los años 1980 la crisis de la deuda gracias a dineros originados en el narcotráfico, con esto no estamos insinuando ningún tipo de legitimación de ese tipo de formas economías ilegales, sino simplemente destacar que el dinero ilegal proveniente de delitos de cuello blanco es más significativo y el que realmente afecta bienes colectivos como la estabilidad social, política y económica de una sociedad. Entre paréntesis es necesario recordar que ese opaco “sistema financiero internacional” en varias ocasiones ha servido para resguardar las operaciones encubiertas de determinadas potencias, como por ejemplo ocurrió con Francia, que financió con el tráfico de opio su guerra con Vietnam en los años 1950, o algo similar ocurrido con la trama Irán-Contras, operación que contribuyó a financiar la contrarrevolución nicaragüense en los años 1980, durante el gobierno de Reagan. Con todo lo expuesto podemos señalar que las leyes contra el lavado de activos, muchas impuestas por presiones políticas injerencistas, dado su escaso nivel de efectividad, son en realidad, tal como están conceptuadas, instrumentos al servicio de los principales poderes geopolíticos del planeta, en especial de los países de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Economico-OCDE, quienes controlan gran parte del negocio financiero del mundo, que con la coacción de las “buenas prácticas” impuestas a través de herramientas como el Grupo de Acción Financiera – GAFI con sede en París (FATF en inglés Financial Action Task Force) buscan eliminar la competencia de otros centros financieros en la captación de fondos de procedencia irregular o ilegal. El GAFI fue creado por la OCDE a principios de los años 1990 inspirados por las lógicas estadounidenses de lavado de activos y lucha contra el -crimen organizado-. En ese marco se han formado grupos regionales como el GAFISUD con influencia en América del Sur. Tan hipócrita es su supuesta lucha contra el lavado de activos, que las guaridas fiscales, que se consolidaron y crecieron después de la 2da Guerra Mundial, son en gran parte controlados por los EE.UU, Reino Unido, Suiza y Países Bajos, y cuentan con legislaciones ambiguas respecto a la evasión fiscal. Son esos países los que han fomentado la existencia de jurisdicciones con regímenes fiscales permisivos, y son sus multinacionales los principales evasores fiscales y usuarios de esas plazas off shore. [1] Fernández,2008: 96,97 [2] Ibíd. p:102 [3] Schünemann,2013: 365 Descargue para seguir leyendo:
|
Notas relacionadas:
Frente de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción
Documento de propuestas Resumen Ejecutivo
|